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“Creemos
firmemente todo lo que cree y enseña la Santa Iglesia
Católica, Apostólica y Romana y en esta Fe queremos
vivir y morir, ya que solamente en esta Iglesia se honra a Dios y
“fuera de Ella nadie puede salvarse”. Argumentos
en los que ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA Dogmas de Fe con relación al Papa y a los obispos: Dogma de la Infalibilidad pontificia (dentro de los límites definidos por la Iglesia), dogma del Primado de jurisdicción de Pedro y del Sumo Pontífice y dogma de su Gobierno sobre la Iglesia Universal, pastores y fieles, (Concilio Vaticano I); dogma del Poder y jurisdicción de los obispos (Concilio de Trento). El Concilio Vaticano I, además de los dogmas de Fe del Primado del Papa (Denz-Sch. 3059) (1), su jurisdicción universal (Denz-Sch. 3060), define también el poder de jurisdicción de los obispos, puestos por el Espíritu Santo como sucesores de los Apóstoles, que como verdaderos pastores apacientan y conducen a sus rebaños, formando parte del régimen de la Iglesia (Denz-Sch. 3061 y 3062). Define también a la Iglesia como externa y necesariamente notable e ilustre (visible) y no meramente espiritual (Denz-Sch. 3058). Y anatematiza a quien diga que el Papa no tiene “sucesores perpetuos” (Denz-Sch. 3058). Define sobre todo la infalibilidad pontificia, su fin y sus límites: “Así
pues, Nos, unido a la Tradición recibida fielmente desde el
principio de la Fe cristiana, para gloria de Dios Nuestro Salvador,
exaltación de la Religión Católica y salvación
del pueblo cristiano, con la aprobación del Sagrado Concilio,
enseñamos y definimos ser dogma divinamente revelado que: el
Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, o sea cuando ejerce
su oficio de pastor y doctor de todos los cristianos, y en nombre
de su suprema Autoridad Apostólica, define una doctrina de
fe o de moral que debe ser aceptada necesariamente por toda la Iglesia,
en virtud de la asistencia divina prometida a San Pedro, gozando entonces
de aquella infalibilidad con la cual la Iglesia fue dotada por el
divino Redentor, al definir una doctrina de fe o de costumbres; por
esa razón, tales definiciones del Romano Pontífice son
por sí mismas irreformables y no por el consenso de la Iglesia”
(Constitución Dogmática Pastor Aeternus –Denz-Sch.
3074).
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