LA ELECCION DE LOS OBISPOS


Es un hecho que "en los primeros tiempos de la Iglesia y al comienzo de la Edad Media, la elección del Obispo hecha por el clero y por el pueblo, o el nombramiento hecho por los príncipes, no era siempre objeto de una aprobación por el Papa. Que en estos casos haya habido confirmación o colación tácita del poder episcopal hecha por el Papa (...) parece tan indemostrable como improbable" (80). De allí la distinción que hacen los teólogos entre la autoridad del Papa en cuanto a la materia y en cuanto al ejercicio de dicha autoridad (81).
De hecho, el ejercicio de la autoridad papal sobre el poder de orden de los Obispos ha variado con el correr de los siglos en función de las necesidades de la Iglesia y de las exigencias de la salvación de las almas. Esta intervención era inexistente durante los primeros siglos, cuando las necesidades del Evangelio exigían que los poderes episcopales fueran ejercidos sin límites. Así se ve a los Apóstoles y a sus discípulos inmediatos elegir, ordenar y establecer otros obispos sobre las sedes episcopales (82). Después, poco a poco y de más en más hasta el siglo XIV, los Papas, para apartar la ingerencia indebida del poder civil, comenzaron a reservarse la elección de los Obispos como una "causa mayor", es decir de particular importancia para la Iglesia (83). La disciplina actual que ha previsto la excomunión del Obispo que haya consagrado sin mandato pontifical; fue instaurada por Pío XII, cuando tuvo que afrontar la amenaza de una Iglesia cismática en la China, Por otra parte, en la historia de la Iglesia abundan los casos de Obispos que en situaciones extraordinarias en las que se volvían a encontrar, en parte, las exigencias de los primeros siglos y en las que se revelaba, en consecuencia, la necesidad de usar los poderes episcopales en, plenitud, consagraron Obispos sin seguir las normas disciplinarias de la época. Lo hacían en virtud de esta "ley de suplencia" que existe en la Iglesia, como en todo organismo cuando el funcionamiento de órganos necesarios o indispensables se encuentra comprometido. Es así que en el siglo IV, San Eusebio de Samosata recorrió las Iglesias orientales devastadas por el arrianismo, y, sin poseer sobre ellas ninguna jurisdicción especial, consagró e instaló allí, Obispos católicos (84).
Se podía, en tales circunstancias, presumir razonablemente el consentimiento de la Autoridad Suprema que no podía querer más que el bien de la Iglesia y la salvación de las almas. Y la violación material de la norma disciplinaria que entonces estaba en vigor, se encontraba justificada por el "estado de necesidad" que crea un "derecho de necesidad" correspondiente.

 

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