El
Concilio Vaticano I declara:
"La doctrina de la f e que Dios ha revelado, no ha sido propuesta
al espíritu de los hombres como un descubrimiento filosófico
a perfeccionar, sino como el depósito divino, confiado a la
Esposa de Cristo, para que ella lo guarde fielmente y lo declare infaliblemente.
En consecuencia, el sentido de los dogmas sagrados que debe ser siempre
conservado, es aquel que nuestra Madre la Santa Iglesia ha determinado,
y jamás está permitido apartarse de él so pretexto
y en el nombre de una inteligencia más profunda". Sigue
el anatema correspondiente: "Si alguno dijere que puede suceder
que, según el progreso de la ciencia haya que atribuir alguna
vez
a los dogmas propuestos por la Iglesia un sentido distinto del que
entendió y entiende (intelexit et intellegit) la misma Iglesia,
sea anatema (32)".
Lo "antiguo" entonces, es a tal punto sinónimo de
Tradición, que nunca nada en la doctrina de la Iglesia es substancial
y absolutamente nuevo. Lo "nuevo" que en ella aparece, en
virtud del desarrollo o explicitación doctrinal, es un nuevo
accidental y relativo.
- o bien, es el pasaje de una formulación menos precisa y menos
completa a una formulación más precisa y más
completa;
- o bien, es el pasaje de una fe subjetiva (fides qua creditur) y
de una enseñanza menos explícita a una fe y a una enseñanza
más explícitas (33).
La Iglesia puede, en efecto, ejercer su Magisterio:
* de manera explícita (documentos del Magisterio, teólogos
"confirmados", catecismos, predicación, etc.);
• de manera implícita (prácticas, especialmente
litúrgicas, leyes disciplinarias);
• de manera tácita, en fin, porque la Iglesia propone
siempre tácitamente a cada generación el depósito
entero de la fe: "todo lo que ha sido creído, desde el
tiempo de los Apóstoles... todo lo que está contenido
en las Sagradas Escrituras y en los monumentos de la Tradición"
(34), en una
palabra, todas las obras en las que el Magisterio de la Iglesia ha
tomado, por así decirlo, cuerpo a través de los siglos
y se ha hecho sensible a los ojos de los fieles: libros litúrgicos,
normas disciplinarias, instituciones, órdenes religiosas, iglesias
y monumentos, devociones, prácticas de caridad, de celo o de
piedad, vida de los Santos canonizados, vida de fieles dóciles
a la voz de su Madre la Iglesia, civilización, costumbres,
lengua y arte de los pueblos cristianos, etc.
(35).
Acontece, por la sucesión de circunstancias diversas -herejías,
obscurecimiento de una verdad enseñada solamente implícita
o tácitamente, etc.- que del Magisterio implícito, se
pasa al Magisterio explícito, o que resulta necesario volver
a la enseñanza expresa de lo que durante algún tiempo,
la Iglesia se había limitado a proponer tácitamente
(36). Así
por ejemplo, cuando la Iglesia hacía rezar por los fieles difuntos,
enseñaba implícitamente el dogma de la existencia del
purgatorio, y cuando, a partir de esta práctica litúrgica
fue explicitado el dogma del purgatorio, hubo un pasaje de una enseñanza
implícita a una enseñanza explícita, pero no
hubo novedad propiamente hablando. Se puede decir otro tanto del Primado,
implícito en la práctica del recurso a Roma, o también
del dogma de la Inmaculada Concepción, implícito en
la Maternidad Divina de María, etc.
Un ejemplo del retorno del Magisterio tácito al Magisterio
explícito, se hizo precisamente con respecto a la Tradición,
cuando la Iglesia en el Concilio de Trento, definió su noción
exacta contrapuesta a los protestantes, noción que se había
contentado con proponer tácitamente en los tiempos de la Escolástica,
cuando había coincidencia perfecta de la doctrina católica
con la Tradición. En resumen, si es cierto que "la Iglesia
no es un robot que repite a través de los siglos las fórmulas
empleadas por el Salvador y por sus Apóstoles", sino que
Ella es "como un maestro vivo que sabe lo que dice" y que
acomoda la enseñanza divina a la inteligencia y a las necesidades
de las distintas generaciones, variándole la forma, y proponiéndole
sucesivamente los múltiples aspectos, "esclareciendo y
proponiendo expresamente a creer, puntos que permanecieron primero
en la sombra, ahogados de alguna manera entre otros puntos de los
cuales no se pensaba distinguirlos" también es verdad
que "esta proposición explícita, no es más
que una manera de afirmar con más claridad, más precisión,
más certeza, más insistencia, las verdades reveladas
que siempre han sido creídas al menos implícitamente"
y que la Iglesia transmite la Revelación divina a cada generación
"sin agregar ni quitar nada" (37).
De ahí, y a pesar del desarrollo doctrinal de 20 siglos, estas
últimas palabras de Pío XII, quien podía escribir
que la Iglesia "cumple la misión que le ha sido confiada
de conservar a través de todos los siglos, en su pureza y en
su integridad, las verdades reveladas; es por eso que ella las transmite
sin alteración, sin agregar nada, sin suprimir nada (38)".
Conclusión: si la Iglesia puede compararse al padre de familia
que saca de su tesoro cosas antiguas y cosas nuevas, es cierto también
que ella las saca del único tesoro de la Revelación
divina, donde tanto unas como otras se encontraban contenidas: explícitamente
en las cosas que nos parecen "antiguas" e implícitamente
en las cosas que nos parecen "nuevas". Cualquier otro "nuevo",
todo "nuevo" que no fuera capaz de ser reducido a lo "antiguo",
lejos de ser un desarrollo, no es más que una corrupción
de la doctrina católica.
Vaticano II: la irrupción de
lo "nuevo"
El Concilio Vaticano II marca una irrupción de lo "nuevo"
en la Iglesia. Y esto es, ya en sí, una novedad sin precedentes
en la historia del desarrollo doctrinal, siempre lento, gradual, ponderado.
Es un "nuevo" que, a partir del Concilio y en nombre del
Concilio, vino a manifestarse bajo todas esas formas en las cuales
se expresa el Magisterio ordinario.
• Forma explícita: "nuevas" doctrinas, "nuevos"
catecismos, "nueva" teología, "nuevas"
interpretaciones o "relecturas" de los Padres de la Iglesia
y de las mismas Sagradas Escrituras;
• Forma implícita: "nueva" o más bien
"nuevas" liturgias, "nueva" disciplina (si todavía
se la puede llamar así), "nuevas" prácticas;
• Forma tácita: todos los documentos o "monumentos"
del Magisterio precedente se ven desvalorizados, abolidos o sepultados
en el olvido, mientras que una doctrina totalmente "nueva"
toma cuerpo y se hace sensible a nuestros ojos en "monumentos"
totalmente "nuevos".
Con semejante irrupción de "nuevo", como el Magisterio
infalible se calla, y como el "prurito de novedades" (con
el que están manifiestamente afectados los textos del Vaticano
11, el episcopado en general, así como los "teólogos"
de confianza) impone prudentes reservas sobre el Magisterio "auténtico",
los católicos tienen el deber hacia Dios y por ende el derecho
imprescriptible frente a los hombres, de preguntarse si estas "novedades"
son desarrollos o corrupciones de la doctrina, "si la Iglesia
de hoy -para decirlo como el Cardenal Ratzinger es realmente la de
ayer, o si se la han cambiado por otra sin advertírselo"
(39).
La
oposición a lo "antiguo", signo de corrupción
doctrinal
En tales circunstancias,
los católicos no están de hecho desprovistos de un criterio
objetivo que les permita discernir entre el desarrollo legítimo
y las corrupciones doctrinales.
El criterio, al alcance de todos, está enseñado a) por
los Padres de la Iglesia; b) por la unanimidad de los teólogos
realmente católicos, que "conocen las reglas de la Fe";
c) por la práctica y por el Magisterio infalible de la Iglesia.
a) Entre los Padres de la Iglesia, basta citara San Vicente de Lérins
(siglo V). En su Commonitorium, que apunta precisamente a buscar una
"regla segura" que permita a los católicos distinguirla
verdad del error en tiempos en que "la astucia de los nuevos
heresiarcas exige una vigilancia y una atención mucho más
grandes", San Vicente de Lerins escribe:
"Alguien dirá quizás: ¿ningún progreso
de la religión es entonces posible en la Iglesia de Cristo?
¡Sí, es necesario un progreso, y grandísimo! ¿Quién
será tan enemigo de los hombres y de Dios para intentar impedirlo?
A condición, sin embargo, de que se trate realmente de un progreso
para la fe y no de un cambio.
"La característica del progreso es que una cosa crece
permaneciendo siempre substancialmente idéntica a sí
misma; la del cambio, por el contrario, consiste en que una cosa se
transforma en otra.
"Que crezcan entonces y progresen amplia e intensamente, para
cada uno como para todos, para un solo hombre como para toda la Iglesia,
según el grado propio a cada edad y a cada tiempo, la inteligencia,
la ciencia, la sabiduría, pero exclusivamente en su orden,
en el mismo dogma, en el mismo sentido y en el mismo pensamiento".
Comentando a continuación la exhortación de San Pablo
a Timoteo: "Guarda el depósito que te ha sido confiado,
huyendo de las profanas novedades de palabra" (I Tim. 6,20),
San Vicente de Lérins explica:
"Las profanas novedades de palabra son novedades relativas a
los dogmas, las opiniones y lo que está en oposición
con la Tradición y la Antigüedad (40)".
En esto reside el valor indiscutible de la regla o canon leriniano:
en el hecho de mostrar que la armonía o la oposición
con lo antiguo constituye el criterio para discernir con seguridad
lo que es progreso de lo que es corrupción de la doctrina:
si, en el campo de la Iglesia, aparece un "nuevo" que se
opone a lo antiguo, no se trata más de una verdad sacada de
su tesoro, sino de la cizaña, de la mala hierba del error,
sembrado por el enemigo (Mt. 13,24-30) (41).
Entonces basta de dudas: "es a lo antiguo a lo que hay que atenerse
si la novedad es profana, la antigüedad es sagrada"; es
la novedad la que debe cesar "de levantar sospechas y de acusar
a lo antiguo"; es la novedad la que debe cesar de "molestar
y perseguir lo antiguo"; no es la antigua fe la que debe cesar
"de oponerse con todas sus fuerzas á la novedad"
(42).
b) Entre los teólogos verdaderamente católicos, nos
place citar al Cardenal Newman, pues su pensamiento ha sido tergiversado
por los modernistas.
Entre los criterios enumerados para distinguir entre el desarrollo
legítimo y corrupción doctrinal, el Cardenal Newman
indica:
-"la posesión inicial de legítimos indicios de
desarrollos futuros";
-"la tendencia de los desarrollos posteriores a conservar la
doctrina poseída precedentemente": cuando lo "nuevo"
tiende a excluir lo "antiguo", uno se encuentra ciertamente
en presencia de una corrupción doctrinal (43).
Es en substancia el canon leriniano.
c) Es el mismo criterio que ha inspirado la práctica de la
Iglesia en todos los Concilios dogmáticos aplicados a distinguir
la Verdad católica de la herejía.
Finalmente -y esto le da un corte neto a toda discusiónel Magisterio
infalible de la Iglesia en el Concilio Vaticano I, hizo suyo el canon
leriniano, retomándolo literalmente en la Constitutio de fide
catholica:
"Que crezcan... y progresen amplia e intensamente, para cada
uno como para todos, para un solo hombre como para toda la Iglesia,
según el grado propio a cada edad y a cada tiempo, la inteligencia,
la ciencia, la sabiduría, pero exclusivamente en su orden,
en el mismo dogma, en el mismo sentido, y en el mismo pensamiento:
in eodem scilicet dogmate, eodem sensu, eademque sententia".
Sigue el anatema correspondiente (44).
Brevemente, si en los límites aquí arriba precisados
se puede afirmar que la Iglesia saca de su tesoro "cosas nuevas"
y "cosas antiguas", cierto es que ella no puede sacar de
él ni sacará jamás, en el grado en que su Magisterio
es infalible, cosas nuevas opuestas a las antiguas. En la historia
de la Iglesia católica -escribía el futuro Cardenal
Newman, todavía pastor anglicano, y fue éste el motivo
de su conversión- se encuentran obispos contradiciendo a otros
obispos, Padres de la Iglesia en contradicción con otros Padres
de la Iglesia y aún consigo mismos, pero no se ve Jamás
que la Iglesia, en el grado en que se expresa "como oráculo
del cielo" (Magisterio infalible), se contradiga a sí
misma (45).
En cuanto a) Magisterio simplemente auténtico, esa la fe y
a la prudencia de los hombres de Iglesia que es remitido el cuidado
de no "sostener exactamente lo contrario de lo que está
claramente escrito en los documentos del Magisterio" (46),
resta, en fin, a la fe y a la prudencia de los fieles el derecho de
confrontar el Magisterio de hoy y el de ayer (47).
Lo
"nuevo" del Vaticano II: corrupción doctrinal y no
progreso
Cuando se abrió
el Vaticano II, la Iglesia gozaba de la posesión secular, ininterrumpida
e indiscutible de doctrinas explícitas relativas a:
- el ecumenismo y en particular a la situación de las sectas
heréticas y f o cismáticas, del judaísmo y de
las falsas religiones;
- las relaciones Iglesia-Estado y en particulara la noción
precisa de "libertad religiosa" y a la tolerancia de los
falsos cultos (48).
No se trataba -préstese atención a esto- de cuestiones
abiertas, dejadas a la libre discusión de los teólogos.
Algunas eran doctrinas explícita o implícitamente reveladas;
contenidas en las Sagradas Escrituras: la caducidad de la Antigua
Alianza después de Nuestro Señor Jesucristo, por ejemplo,
que está atestiguada por los Evangelios y las epístolas
de San Pablo (49)
[para legitimar la nueva corriente, el Cardenal Willebrands, se vio
constreñido a negar el valor histórico de los Evangelios
(50)]; o también
la condena de las falsas religiones que reposa sobre el Antiguo y
Nuevo Testamento; o la unicidad de la Iglesia de Cristo (51),
etc.
Otras doctrinas eran conclusiones teológicas, es decir verdades
conexas a la Revelación divina, perteneciendo entonces indirectamente
al depositum fidei, y respecto de las cuales la infalibilidad no es
menos prometida a la Iglesia que para las verdades directamente pertenecientes
al depósito de la fe (52),
esto por la evidente razón de que es imposible negar o conmover
de alguna manera estas verdades sin negar ni conmover, por consecuencia
lógica, las verdades reveladas a las que están ligadas.
Es por eso que aún "estas enseñanzas no reveladas
están garantizadas por Dios, como ciertamente verdaderas, por
el hecho mismo de la institución del Magisterio infalible de
la Iglesia" y que "los negadores empedernidos de una enseñanza
no revelada, proclamada por la Iglesia como verdadera, pueden ser
fácilmente presumidos como rebeldes a la autoridad misma de
la Iglesia, claramente afirmada por la Revelación y, en consecuencia,
opuestos formalmente a la Revelación misma" (53).
- Además, en la apertura del Vaticano II, la Iglesia gozaba
de una liturgia que era la expresión íntegra y no equívoca
de la fe católica.
La práctica litúrgica -lo hemos visto- es el campo en
el cual el Magisterio implícito de la Iglesia se ejerce en
primer lugar. Lo que permitía ya a Gennade de Marsella (+493),
formular el "principio constante y universalmente reconocido
por la tradición cristiana: ut legem credendi lex statuat supplicandi"
(54): "la
ley de la oración establece la ley de la fe": los textos
litúrgicos (con exclusión del Novus Ordo y de los nuevos
libros litúrgicos, se entiende), se cuentan entre los principales
documentos o "monumentos" de la Tradición (55).
En estos tres terrenos, de la liturgia, del ecumenismo y de las relaciones
Iglesia-Estado, se volcó particularmente lo "nuevo"
del Concilio, un "nuevo", desgraciadamente, opuesto, y hasta
hostil a lo antiguo. En efecto, si la Iglesia enseña, como
lo han hecho siempre los hombres de la Iglesia hasta el Vaticano II,
que ella es única y que no hay salvación fuera de ella;
que en consecuencia las otras llamadas "Iglesias" no son
Iglesias sino sectas, "iglesias ilegítimas" (San
Irineo), "sarmientos desechados" (San Agustín), y
que los individuos, por beneficio de una ignorancia invencible, no
pueden salvarse más que en virtud de la pertenencia de deseo
a la única verdadera Iglesia, no se puede entonces, de ninguna
manera, extraer de esta doctrina, como el Concilio Vaticano II, que
"estas Iglesias y comunidades separadas... no están para
nada desprovistas de significación y de valor en el misterio
de la salvación" y que "el Espíritu de Cristo
en efecto, no se niega a servirse de ellas como medio de salvación"
(ingenioso descubrimiento de Karl Rahner S. J.) (56):
no se puede de ninguna manera, porque la doctrina "nueva"
excluye claramente la antigua y toca las verdades reveladas que sostienen
ésta última: si las "Iglesias ilegítimas"
se vuelven legítimas, en los "sarmientos desechados"
corre la savia de la Gracia; entonces la Iglesia de Cristo no es más
la única, ni es más la "única arca de salvación"
(57). En el
postconcilio, enseguida -el apetito viene comiendo-, en nombre del
decreto conciliar Nostra Aetate, aún las religiones no cristianas
se han visto promovidas al rango de vías al menos "extraordinarias"
de salvación (58).
Otro ejemplo: si la Iglesia enseña, como los hombres de Iglesia
lo han enseñado siempre hasta el Vaticano II, que Nuestro Señor
Jesucristo, siendo Dios, tiene el derecho de reinar no solamente sobre
los individuos sino también sobre las sociedades, y que en
consecuencia, sólo la Iglesia católica tiene el derecho
natural y divino al concurso negativo y positivo del Estado, concurso
en el cual entra también el deber de impedir el culto público
de las falsas religiones -salvo motivos de prudencia política
que aconsejan tolerarlas-entonces, no se puede de ninguna manera deducir
de esta doctrina, como lo hace el Concilio Vaticano II, la existencia
de un "derecho" de la persona humana a no ser impedida de
profesar "en público" y "asociada a otros"
creencias falsas (59),
ni la existencia de un "derecho" idéntico (es la
tesis errónea de Lammenais, de Maritain y de todos los modernistas
liberales) que pertenecería a las sectas y a las falsas religiones
(60).
La "nueva" doctrina excluye claramente la antigua y atenta
contra la verdad revelada que la sostiene: se desvanece, en efecto,
el derecho de sola Iglesia católica al concurso del Estado
y termina el deber del Estado de impedir el culto público de
las falsas religiones, deber reemplazado por la obligación
de favorecerlas sin discriminación; ni siquiera es cuestión
ya de hablar de "tolerancia": Nuestro Señor Jesucristo,
en resumen, no tiene más el derecho de reinar sobre las sociedades
como sobre los individuos, a pesar que Pío XI, instituyendo
la fiesta de Cristo Rey, haya exhaustivamente demostrado que esta
verdad se funda en las Sagradas Escrituras y en la Tradición
católica y por lo tanto es una verdad de fe divinamente revelada,
aunque todavía no definida (61).
Se puede parar aquí: las "novedades" del Concilio
no son progresos sino corrupciones de la doctrina; y todo lo que durante
el postconcilio se ha hecho por la jerarquía en nombre del
Concilio, pero en oposición a la Tradición católica,
lo confirma de manera irrefutable: desde la "reunión de
oración" de Asís y de las otras iniciativas ecuménicas,
siempre prohibidas por la Iglesia, hasta la liquidación de
los últimos Estados católicos con los "nuevos"
Concordatos, pasando por la supresión de las dos estrofas relativas
al reinado social de Nuestro Señor Jesucristo en el himno de
las primeras y segundas vísperas de la fiesta de Cristo Rey,
etc. ¿Para qué insistir? Basta pensar que el Cardenal
Ratzinger llegó hasta declarar "perimida" (62)
la doctrina católica sobre las relaciones Iglesia-Estado; como
si una doctrina que se remonta a los orígenes de la Iglesia
(48) pudiese ser desechada sin que sea también desechada la
infalibilidad de la Iglesia.
En cuanto a la nueva liturgia, no se puede tener de ningún
modo por legitimo un Novus Ordo a propósito del cual nuestros
descendientes, aplicando el principio mencionado: "la ley de
la oración establece la ley de la fe", concluirán
que hacia el fin del siglo XX la Iglesia profesó una fe más
protestante que católica en el Santo Sacrificio de la Misa
(63).
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