Nunca nada absolutamente nuevo


El Concilio Vaticano I declara:

"La doctrina de la f e que Dios ha revelado, no ha sido propuesta al espíritu de los hombres como un descubrimiento filosófico a perfeccionar, sino como el depósito divino, confiado a la Esposa de Cristo, para que ella lo guarde fielmente y lo declare infaliblemente. En consecuencia, el sentido de los dogmas sagrados que debe ser siempre conservado, es aquel que nuestra Madre la Santa Iglesia ha determinado, y jamás está permitido apartarse de él so pretexto y en el nombre de una inteligencia más profunda". Sigue el anatema correspondiente: "Si alguno dijere que puede suceder que, según el progreso de la ciencia haya que atribuir alguna vez
a los dogmas propuestos por la Iglesia un sentido distinto del que entendió y entiende (intelexit et intellegit) la misma Iglesia, sea anatema (32)".
Lo "antiguo" entonces, es a tal punto sinónimo de Tradición, que nunca nada en la doctrina de la Iglesia es substancial y absolutamente nuevo. Lo "nuevo" que en ella aparece, en virtud del desarrollo o explicitación doctrinal, es un nuevo accidental y relativo.
- o bien, es el pasaje de una formulación menos precisa y menos completa a una formulación más precisa y más completa;
- o bien, es el pasaje de una fe subjetiva (fides qua creditur) y de una enseñanza menos explícita a una fe y a una enseñanza más explícitas (33).
La Iglesia puede, en efecto, ejercer su Magisterio:
* de manera explícita (documentos del Magisterio, teólogos "confirmados", catecismos, predicación, etc.);
• de manera implícita (prácticas, especialmente litúrgicas, leyes disciplinarias);
• de manera tácita, en fin, porque la Iglesia propone siempre tácitamente a cada generación el depósito entero de la fe: "todo lo que ha sido creído, desde el tiempo de los Apóstoles... todo lo que está contenido en las Sagradas Escrituras y en los monumentos de la Tradición" (34), en una palabra, todas las obras en las que el Magisterio de la Iglesia ha tomado, por así decirlo, cuerpo a través de los siglos y se ha hecho sensible a los ojos de los fieles: libros litúrgicos, normas disciplinarias, instituciones, órdenes religiosas, iglesias y monumentos, devociones, prácticas de caridad, de celo o de piedad, vida de los Santos canonizados, vida de fieles dóciles a la voz de su Madre la Iglesia, civilización, costumbres, lengua y arte de los pueblos cristianos, etc. (35).
Acontece, por la sucesión de circunstancias diversas -herejías, obscurecimiento de una verdad enseñada solamente implícita o tácitamente, etc.- que del Magisterio implícito, se pasa al Magisterio explícito, o que resulta necesario volver a la enseñanza expresa de lo que durante algún tiempo, la Iglesia se había limitado a proponer tácitamente (36). Así por ejemplo, cuando la Iglesia hacía rezar por los fieles difuntos, enseñaba implícitamente el dogma de la existencia del purgatorio, y cuando, a partir de esta práctica litúrgica fue explicitado el dogma del purgatorio, hubo un pasaje de una enseñanza implícita a una enseñanza explícita, pero no hubo novedad propiamente hablando. Se puede decir otro tanto del Primado, implícito en la práctica del recurso a Roma, o también del dogma de la Inmaculada Concepción, implícito en la Maternidad Divina de María, etc.
Un ejemplo del retorno del Magisterio tácito al Magisterio explícito, se hizo precisamente con respecto a la Tradición, cuando la Iglesia en el Concilio de Trento, definió su noción exacta contrapuesta a los protestantes, noción que se había contentado con proponer tácitamente en los tiempos de la Escolástica, cuando había coincidencia perfecta de la doctrina católica con la Tradición. En resumen, si es cierto que "la Iglesia no es un robot que repite a través de los siglos las fórmulas empleadas por el Salvador y por sus Apóstoles", sino que Ella es "como un maestro vivo que sabe lo que dice" y que acomoda la enseñanza divina a la inteligencia y a las necesidades de las distintas generaciones, variándole la forma, y proponiéndole sucesivamente los múltiples aspectos, "esclareciendo y proponiendo expresamente a creer, puntos que permanecieron primero en la sombra, ahogados de alguna manera entre otros puntos de los cuales no se pensaba distinguirlos" también es verdad que "esta proposición explícita, no es más que una manera de afirmar con más claridad, más precisión, más certeza, más insistencia, las verdades reveladas que siempre han sido creídas al menos implícitamente" y que la Iglesia transmite la Revelación divina a cada generación "sin agregar ni quitar nada" (37). De ahí, y a pesar del desarrollo doctrinal de 20 siglos, estas últimas palabras de Pío XII, quien podía escribir que la Iglesia "cumple la misión que le ha sido confiada de conservar a través de todos los siglos, en su pureza y en su integridad, las verdades reveladas; es por eso que ella las transmite sin alteración, sin agregar nada, sin suprimir nada (38)".
Conclusión: si la Iglesia puede compararse al padre de familia que saca de su tesoro cosas antiguas y cosas nuevas, es cierto también que ella las saca del único tesoro de la Revelación divina, donde tanto unas como otras se encontraban contenidas: explícitamente en las cosas que nos parecen "antiguas" e implícitamente en las cosas que nos parecen "nuevas". Cualquier otro "nuevo", todo "nuevo" que no fuera capaz de ser reducido a lo "antiguo", lejos de ser un desarrollo, no es más que una corrupción de la doctrina católica.

Vaticano II: la irrupción de lo "nuevo"

El Concilio Vaticano II marca una irrupción de lo "nuevo" en la Iglesia. Y esto es, ya en sí, una novedad sin precedentes en la historia del desarrollo doctrinal, siempre lento, gradual, ponderado. Es un "nuevo" que, a partir del Concilio y en nombre del Concilio, vino a manifestarse bajo todas esas formas en las cuales se expresa el Magisterio ordinario.

• Forma explícita: "nuevas" doctrinas, "nuevos" catecismos, "nueva" teología, "nuevas" interpretaciones o "relecturas" de los Padres de la Iglesia y de las mismas Sagradas Escrituras;
• Forma implícita: "nueva" o más bien "nuevas" liturgias, "nueva" disciplina (si todavía se la puede llamar así), "nuevas" prácticas;
• Forma tácita: todos los documentos o "monumentos" del Magisterio precedente se ven desvalorizados, abolidos o sepultados en el olvido, mientras que una doctrina totalmente "nueva" toma cuerpo y se hace sensible a nuestros ojos en "monumentos" totalmente "nuevos".

Con semejante irrupción de "nuevo", como el Magisterio infalible se calla, y como el "prurito de novedades" (con el que están manifiestamente afectados los textos del Vaticano 11, el episcopado en general, así como los "teólogos" de confianza) impone prudentes reservas sobre el Magisterio "auténtico", los católicos tienen el deber hacia Dios y por ende el derecho imprescriptible frente a los hombres, de preguntarse si estas "novedades" son desarrollos o corrupciones de la doctrina, "si la Iglesia de hoy -para decirlo como el Cardenal Ratzinger es realmente la de ayer, o si se la han cambiado por otra sin advertírselo" (39).

La oposición a lo "antiguo", signo de corrupción doctrinal

En tales circunstancias, los católicos no están de hecho desprovistos de un criterio objetivo que les permita discernir entre el desarrollo legítimo y las corrupciones doctrinales.
El criterio, al alcance de todos, está enseñado a) por los Padres de la Iglesia; b) por la unanimidad de los teólogos realmente católicos, que "conocen las reglas de la Fe"; c) por la práctica y por el Magisterio infalible de la Iglesia.
a) Entre los Padres de la Iglesia, basta citara San Vicente de Lérins (siglo V). En su Commonitorium, que apunta precisamente a buscar una "regla segura" que permita a los católicos distinguirla verdad del error en tiempos en que "la astucia de los nuevos heresiarcas exige una vigilancia y una atención mucho más grandes", San Vicente de Lerins escribe:
"Alguien dirá quizás: ¿ningún progreso de la religión es entonces posible en la Iglesia de Cristo? ¡Sí, es necesario un progreso, y grandísimo! ¿Quién será tan enemigo de los hombres y de Dios para intentar impedirlo? A condición, sin embargo, de que se trate realmente de un progreso para la fe y no de un cambio.
"La característica del progreso es que una cosa crece permaneciendo siempre substancialmente idéntica a sí misma; la del cambio, por el contrario, consiste en que una cosa se transforma en otra.
"Que crezcan entonces y progresen amplia e intensamente, para cada uno como para todos, para un solo hombre como para toda la Iglesia, según el grado propio a cada edad y a cada tiempo, la inteligencia, la ciencia, la sabiduría, pero exclusivamente en su orden, en el mismo dogma, en el mismo sentido y en el mismo pensamiento".
Comentando a continuación la exhortación de San Pablo a Timoteo: "Guarda el depósito que te ha sido confiado, huyendo de las profanas novedades de palabra" (I Tim. 6,20), San Vicente de Lérins explica:
"Las profanas novedades de palabra son novedades relativas a los dogmas, las opiniones y lo que está en oposición con la Tradición y la Antigüedad (40)".
En esto reside el valor indiscutible de la regla o canon leriniano: en el hecho de mostrar que la armonía o la oposición con lo antiguo constituye el criterio para discernir con seguridad lo que es progreso de lo que es corrupción de la doctrina: si, en el campo de la Iglesia, aparece un "nuevo" que se opone a lo antiguo, no se trata más de una verdad sacada de su tesoro, sino de la cizaña, de la mala hierba del error, sembrado por el enemigo (Mt. 13,24-30) (41).
Entonces basta de dudas: "es a lo antiguo a lo que hay que atenerse si la novedad es profana, la antigüedad es sagrada"; es la novedad la que debe cesar "de levantar sospechas y de acusar
a lo antiguo"; es la novedad la que debe cesar de "molestar y perseguir lo antiguo"; no es la antigua fe la que debe cesar "de oponerse con todas sus fuerzas á la novedad" (42).
b) Entre los teólogos verdaderamente católicos, nos place citar al Cardenal Newman, pues su pensamiento ha sido tergiversado por los modernistas.
Entre los criterios enumerados para distinguir entre el desarrollo legítimo y corrupción doctrinal, el Cardenal Newman indica:
-"la posesión inicial de legítimos indicios de desarrollos futuros";
-"la tendencia de los desarrollos posteriores a conservar la doctrina poseída precedentemente": cuando lo "nuevo" tiende a excluir lo "antiguo", uno se encuentra ciertamente en presencia de una corrupción doctrinal (43). Es en substancia el canon leriniano.
c) Es el mismo criterio que ha inspirado la práctica de la Iglesia en todos los Concilios dogmáticos aplicados a distinguir la Verdad católica de la herejía.
Finalmente -y esto le da un corte neto a toda discusiónel Magisterio infalible de la Iglesia en el Concilio Vaticano I, hizo suyo el canon leriniano, retomándolo literalmente en la Constitutio de fide catholica:
"Que crezcan... y progresen amplia e intensamente, para cada uno como para todos, para un solo hombre como para toda la Iglesia, según el grado propio a cada edad y a cada tiempo, la inteligencia, la ciencia, la sabiduría, pero exclusivamente en su orden, en el mismo dogma, en el mismo sentido, y en el mismo pensamiento: in eodem scilicet dogmate, eodem sensu, eademque sententia". Sigue el anatema correspondiente (44).
Brevemente, si en los límites aquí arriba precisados se puede afirmar que la Iglesia saca de su tesoro "cosas nuevas" y "cosas antiguas", cierto es que ella no puede sacar de él ni sacará jamás, en el grado en que su Magisterio es infalible, cosas nuevas opuestas a las antiguas. En la historia de la Iglesia católica -escribía el futuro Cardenal Newman, todavía pastor anglicano, y fue éste el motivo de su conversión- se encuentran obispos contradiciendo a otros obispos, Padres de la Iglesia en contradicción con otros Padres de la Iglesia y aún consigo mismos, pero no se ve Jamás que la Iglesia, en el grado en que se expresa "como oráculo del cielo" (Magisterio infalible), se contradiga a sí misma (45). En cuanto a) Magisterio simplemente auténtico, esa la fe y a la prudencia de los hombres de Iglesia que es remitido el cuidado de no "sostener exactamente lo contrario de lo que está claramente escrito en los documentos del Magisterio" (46), resta, en fin, a la fe y a la prudencia de los fieles el derecho de confrontar el Magisterio de hoy y el de ayer (47).

Lo "nuevo" del Vaticano II: corrupción doctrinal y no progreso

Cuando se abrió el Vaticano II, la Iglesia gozaba de la posesión secular, ininterrumpida e indiscutible de doctrinas explícitas relativas a:
- el ecumenismo y en particular a la situación de las sectas heréticas y f o cismáticas, del judaísmo y de las falsas religiones;
- las relaciones Iglesia-Estado y en particulara la noción precisa de "libertad religiosa" y a la tolerancia de los falsos cultos (48). No se trataba -préstese atención a esto- de cuestiones abiertas, dejadas a la libre discusión de los teólogos. Algunas eran doctrinas explícita o implícitamente reveladas; contenidas en las Sagradas Escrituras: la caducidad de la Antigua Alianza después de Nuestro Señor Jesucristo, por ejemplo, que está atestiguada por los Evangelios y las epístolas de San Pablo (49) [para legitimar la nueva corriente, el Cardenal Willebrands, se vio constreñido a negar el valor histórico de los Evangelios (50)]; o también la condena de las falsas religiones que reposa sobre el Antiguo y Nuevo Testamento; o la unicidad de la Iglesia de Cristo (51), etc.
Otras doctrinas eran conclusiones teológicas, es decir verdades conexas a la Revelación divina, perteneciendo entonces indirectamente al depositum fidei, y respecto de las cuales la infalibilidad no es menos prometida a la Iglesia que para las verdades directamente pertenecientes al depósito de la fe (52), esto por la evidente razón de que es imposible negar o conmover de alguna manera estas verdades sin negar ni conmover, por consecuencia lógica, las verdades reveladas a las que están ligadas. Es por eso que aún "estas enseñanzas no reveladas están garantizadas por Dios, como ciertamente verdaderas, por el hecho mismo de la institución del Magisterio infalible de la Iglesia" y que "los negadores empedernidos de una enseñanza no revelada, proclamada por la Iglesia como verdadera, pueden ser fácilmente presumidos como rebeldes a la autoridad misma de la Iglesia, claramente afirmada por la Revelación y, en consecuencia, opuestos formalmente a la Revelación misma" (53).
- Además, en la apertura del Vaticano II, la Iglesia gozaba de una liturgia que era la expresión íntegra y no equívoca de la fe católica.
La práctica litúrgica -lo hemos visto- es el campo en el cual el Magisterio implícito de la Iglesia se ejerce en primer lugar. Lo que permitía ya a Gennade de Marsella (+493), formular el "principio constante y universalmente reconocido por la tradición cristiana: ut legem credendi lex statuat supplicandi" (54): "la ley de la oración establece la ley de la fe": los textos litúrgicos (con exclusión del Novus Ordo y de los nuevos libros litúrgicos, se entiende), se cuentan entre los principales documentos o "monumentos" de la Tradición (55).
En estos tres terrenos, de la liturgia, del ecumenismo y de las relaciones Iglesia-Estado, se volcó particularmente lo "nuevo" del Concilio, un "nuevo", desgraciadamente, opuesto, y hasta hostil a lo antiguo. En efecto, si la Iglesia enseña, como lo han hecho siempre los hombres de la Iglesia hasta el Vaticano II, que ella es única y que no hay salvación fuera de ella; que en consecuencia las otras llamadas "Iglesias" no son Iglesias sino sectas, "iglesias ilegítimas" (San Irineo), "sarmientos desechados" (San Agustín), y que los individuos, por beneficio de una ignorancia invencible, no pueden salvarse más que en virtud de la pertenencia de deseo a la única verdadera Iglesia, no se puede entonces, de ninguna manera, extraer de esta doctrina, como el Concilio Vaticano II, que "estas Iglesias y comunidades separadas... no están para nada desprovistas de significación y de valor en el misterio de la salvación" y que "el Espíritu de Cristo en efecto, no se niega a servirse de ellas como medio de salvación" (ingenioso descubrimiento de Karl Rahner S. J.) (56): no se puede de ninguna manera, porque la doctrina "nueva" excluye claramente la antigua y toca las verdades reveladas que sostienen ésta última: si las "Iglesias ilegítimas" se vuelven legítimas, en los "sarmientos desechados" corre la savia de la Gracia; entonces la Iglesia de Cristo no es más la única, ni es más la "única arca de salvación" (57). En el postconcilio, enseguida -el apetito viene comiendo-, en nombre del decreto conciliar Nostra Aetate, aún las religiones no cristianas se han visto promovidas al rango de vías al menos "extraordinarias" de salvación (58).
Otro ejemplo: si la Iglesia enseña, como los hombres de Iglesia lo han enseñado siempre hasta el Vaticano II, que Nuestro Señor Jesucristo, siendo Dios, tiene el derecho de reinar no solamente sobre los individuos sino también sobre las sociedades, y que en consecuencia, sólo la Iglesia católica tiene el derecho natural y divino al concurso negativo y positivo del Estado, concurso en el cual entra también el deber de impedir el culto público de las falsas religiones -salvo motivos de prudencia política que aconsejan tolerarlas-entonces, no se puede de ninguna manera deducir de esta doctrina, como lo hace el Concilio Vaticano II, la existencia de un "derecho" de la persona humana a no ser impedida de profesar "en público" y "asociada a otros" creencias falsas (59), ni la existencia de un "derecho" idéntico (es la tesis errónea de Lammenais, de Maritain y de todos los modernistas liberales) que pertenecería a las sectas y a las falsas religiones (60).
La "nueva" doctrina excluye claramente la antigua y atenta contra la verdad revelada que la sostiene: se desvanece, en efecto, el derecho de sola Iglesia católica al concurso del Estado y termina el deber del Estado de impedir el culto público de las falsas religiones, deber reemplazado por la obligación de favorecerlas sin discriminación; ni siquiera es cuestión ya de hablar de "tolerancia": Nuestro Señor Jesucristo, en resumen, no tiene más el derecho de reinar sobre las sociedades como sobre los individuos, a pesar que Pío XI, instituyendo la fiesta de Cristo Rey, haya exhaustivamente demostrado que esta verdad se funda en las Sagradas Escrituras y en la Tradición católica y por lo tanto es una verdad de fe divinamente revelada, aunque todavía no definida (61).
Se puede parar aquí: las "novedades" del Concilio no son progresos sino corrupciones de la doctrina; y todo lo que durante el postconcilio se ha hecho por la jerarquía en nombre del Concilio, pero en oposición a la Tradición católica, lo confirma de manera irrefutable: desde la "reunión de oración" de Asís y de las otras iniciativas ecuménicas, siempre prohibidas por la Iglesia, hasta la liquidación de los últimos Estados católicos con los "nuevos" Concordatos, pasando por la supresión de las dos estrofas relativas al reinado social de Nuestro Señor Jesucristo en el himno de las primeras y segundas vísperas de la fiesta de Cristo Rey, etc. ¿Para qué insistir? Basta pensar que el Cardenal Ratzinger llegó hasta declarar "perimida" (62) la doctrina católica sobre las relaciones Iglesia-Estado; como si una doctrina que se remonta a los orígenes de la Iglesia (48) pudiese ser desechada sin que sea también desechada la infalibilidad de la Iglesia.
En cuanto a la nueva liturgia, no se puede tener de ningún modo por legitimo un Novus Ordo a propósito del cual nuestros descendientes, aplicando el principio mencionado: "la ley de la oración establece la ley de la fe", concluirán que hacia el fin del siglo XX la Iglesia profesó una fe más protestante que católica en el Santo Sacrificio de la Misa (63).

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