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DECRETO SOBRE EL SÍMBOLO DE LA
FE
En el nombre de la santa e indivisible Trinidad, Padre, Hijo, y Espíritu
Santo. Considerando este sacrosanto, ecuménico y general Concilio
de Trento, congregado legítimamente en el Espíritu Santo,
y presidido de los mismos tres Legados de la Sede Apostólica,
la grandeza de los asuntos que tiene que tratar, en especial de los
contenidos en los dos capítulos, el uno de la extirpación
de las herejías, y el otro de la reforma de costumbres, por cuya
causa principalmente se ha congregado; y comprendiendo además
con el Apóstol, que no tiene que pelear contra la carne y sangre,
sino contra los malignos espíritus en cosas pertenecientes a
la vida eterna; exhorta primeramente con el mismo Apóstol a todos,
y a cada uno, a que se conforten en el Señor, y en el poder de
su virtud, tomando en todo el escudo de la fe, con el que puedan rechazar
todos los tiros del infernal enemigo, cubriéndose con el morrión
de la esperanza de la salvación, y armándose con la espada
del espíritu, que es la palabra de Dios. Y para que este su piadoso
deseo tenga en consecuencia, con la gracia divina, principio y adelantamiento,
establece y decreta, que ante todas cosas, debe principiar por el símbolo,
o confesión de fe, siguiendo en esto los ejemplos de los Padres,
quienes en los más sagrados concilios acostumbraron agregar,
en el principio de sus sesiones, este escudo contra todas las herejías,
y con él solo atrajeron algunas veces los infieles a la fe, vencieron
los herejes, y confirmaron a los fieles. Por esta causa ha determinado
deber expresar con las mismas palabras con que se lee en todas las iglesias,
el símbolo de fe que usa la santa Iglesia Romana, como que es
aquel principio en que necesariamente convienen los que profesan la
fe de Jesucristo, y el fundamento seguro y único contra que jamás
prevalecerán las puertas del infierno. El mencionado símbolo
dice así: Creo en un solo Dios, Padre omnipotente, criador del
cielo y de la tierra, y de todo lo visible e invisible: y en un solo
Señor Jesucristo, Hijo unigénito de Dios, y nacido del
Padre ante todos los siglos, Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero
de Dios verdadero; engendrado, no hecho; consustancial al Padre, y por
quien fueron criadas todas las cosas; el mismo que por nosotros los
hombres, y por nuestra salvación descendió de los cielos,
y tomó carne de la virgen María por obra del Espíritu
Santo, y se hizo hombre: fue también crucificado por nosotros,
padeció bajo el poder de Poncio Pilato, y fue sepultado; y resucitó
al tercero día, según estaba anunciado por las divinas
Escrituras; y subió al cielo, y está sentado a la diestra
del Padre; y segunda vez ha de venir glorioso a juzgar los vivos y los
muertos; y su reino será eterno. Creo también en el Espíritu
Santo, Señor y vivificador, que procede del Padre y del Hijo;
quien igualmente es adorado, y goza juntamente gloria con el Padre,
y con el Hijo, y es el que habló por los Profetas; y creo ser
una la santa, católica y apostólica Iglesia. Confieso
un bautismo para la remisión de los pecados: y aguardo la resurrección
de la carne y la vida perdurable. Amen.
ASIGNACIÓN
DE LA SESIÓN SIGUIENTE
Teniendo
entendido el mismo sacrosanto, ecuménico y general Concilio de
Trento, congregado legítimamente en el Espíritu Santo,
y presidido de los mismos tres Legados de la Sede Apostólica,
que muchos Prelados están dispuestos a emprender el viaje al
Concilio de varios países, y que algunos están ya en camino
para venir a Trento; y considerando también que cuanto ha de
decretar el mismo sagrado Concilio, de tanto mayor crédito y
respeto podrá parecer entre todos, cuanto con mayor, más
número y pleno consejo de Padres se determine y corrobore; resolvió
y decretó que la Sesión próxima se ha de celebrar
el jueves siguiente a la inmediata futura Dominica Laetare; mas que
entre tanto no se dejen de tratar y ventilar los puntos que parecieren
al mismo Concilio dignos de su ventilación y examen.
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STAT VERITAS
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