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Lo mismo hay que decir de la ordenación episcopal. Porque a la fórmula: Recibe el Espíritu Santo, no sólo se añadieron más tarde las palabras: para el oficio y obra del obispo, sino que de ellas hay que juzgar, como en seguida diremos, de modo distinto que en el rito católico. Ni vale para nada invocar la oración de la prefación Omnipotens Deus, como quiera que también en ella se han cercenado las palabras que declaran el sumo sacerdocio. A la verdad, nada tiene que ver aquí averiguar si el episcopado es complemento del sacerdocio o un orden distinto de éste; o si conferido; como dicen, per saltum, es decir, a un hombre que no es sacerdote, produce su efecto o no. Pero de lo que no cabe duda es que él, por institución de Cristo, pertenece con absoluta verdad al sacramento del orden y es el sacerdocio de más alto grado, el que efectivamente tanto por voz de los Santos Padres, como por nuestra costumbre ritual, es llamado sumo sacerdote, suma del sagrado ministerio. De ahí resulta que, al ser totalmente arrojado del rito anglicano el sacramento del orden y el verdadero sacerdocio de Cristo, y, por tanto, en la consagración episcopal del mismo rito, no conferirse en modo alguno el sacerdocio, en modo alguno, igualmente, puede de verdad y de derecho conferirse el episcopado; tanto más cuanto que entre los primeros oficios del episcopado está el de ordenar ministros para la Santa Eucaristía y sacrificio...
Con este íntimo defecto de forma está unida la falta de
intención, que se requiere igualmente de necesidad para que haya
sacramento... Así, pues, asintiendo de todo punto a todos los
decretos de los Pontífices predecesores nuestros sobre esta misma
materia, confirmándolos plenísimamente y como renovándolos
por nuestra autoridad, por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos
y declaramos que las ordenaciones hechas en rito anglicano han sido
y son absolutamente inválidas y totalmente nulas... |