El
CANTO LITÚRGICO
1. Fin de la
música sagrada.
“Como parte integrante de la Liturgia solemne que es -escribe
San Pío X (1)-
la música sagrada tiende al mismo fin que aquélla, o
sea, a la gloria de Dios y a la santificación y edificación
de los fieles”.
"La
música -continúa el mismo- contribuye a aumentar el
decoro y esplendor de las solemnidades religiosas; y así
como su principal oficio consiste en revestir de adecuadas melodías
el texto litúrgico que se propone a la consideración
de los fieles, de igual manera su propio fin consiste en añadir
más eficacia al texto mismo, para que por tal medio se excite
más la devoción de los fieles y se preparen mejor
a recibir los frutos dé la gracia, propios de la celebración
de los sagrados misterios."
2.
Sus cualidades.
Para cumplir fielmente con su fin, la música sagrada debe
poseer en grado eminente las cualidades propias de la Liturgia,
y por consiguiente, la santidad, la bondad de las formas y la universalidad.
"Debe, pues, ser santa, y por lo tanto excluir todo lo
profano. Debe tener arte verdadero, porque no es posible de otro
modo que tenga sobre el ánimo de quien la oye aquella virtud
que se propone la Iglesia al admitir en su-, Liturgia el arte de
los sonidos. Y a la vez debe ser universal, en el sentido de que,
aun concediéndole a toda nación que admita en sus
composiciones religiosas aquellas formas particulares que constituyen
el carácter específico de su propia música,
éste debe estar de tal modo subordinado a los caracteres
generales de la música sagrada, que ningún fiel procedente
de otra nación experimente al oírla impresión
que no sea buena."
3.
Tres géneros de música sagrada.
El citado Motu
proprio distingue tres géneros de música sagrada:
el Canto gregoriano, la polifonía clásica, y la música
moderna.
Da la preferencia para los Oficios litúrgicos al Canto gregoriano,
al que califica de "supremo modelo de toda música
sagrada", por poseer en grado sumo las cualidades susodichas
de santidad, bondad de las formas y universalidad.
Cede el segundo lugar a la polifonía clásica, especialmente
a la de la escuela romana, que en el siglo XVI llegó a la
meta de la perfección en las obras de Pedro Luis de Palestrina,
y que después siguió produciendo composiciones de
excelente bondad musical y litúrgica. Esta polifonía
clásica se acerca bastante al canto gregoriano y por esta
razón mereció ser admitido, junto con ese canto, en
las funciones más solemnes de: la Iglesia, como son las que
re - celebran en la Capilla Pontificia. Es, pues, deseo de la Iglesia
que se haga de ella frecuente uso en las solemnidades religiosas,
especialmente en las basílicas más insignes, en las
catedrales y en los seminarios e institutos eclesiásticos,
donde existen los elementos necesarios para su digna interpretación.
La Iglesia ha reconocido y fomentado en todo tiempo los progresos
de las artes, admitiendo en el servicio del culto cuanto en el curso
de los siglos el genio ha sabido hallar de bueno y belio, salva
siempre la ley litúrgica; por consiguiente, admite también
en el templo la música moderna, puesto que cuenta con composiciones
de tal bondad, seriedad y gravedad, que de ningún modo son
indignas de las solemnidades religiosas. Ha de cuidarse, empero,
con gran diligencia que dichas composiciones musicales de estilo
moderno no contengan nada profano ni ofrezcan reminiscencias de
motivos teatrales.
4.
El canto gregoriano.
"El canto gregoriano -dice el citado documento de
Pío X- es el canto propio de la Iglesia romana, el único
que la Iglesia heredó de los antiguos Padres, el que ha custodiado
celosamente durante el curso de los siglos en sus códices
litúrgicos, el que en algunas partes de la Liturgia prescribe
exclusivamente, el que propone a los fieles directamente como suyo,
y recentísimos estudios han restablecido felizmente en su
pureza e integridad."
Entiéndese comúnmente por canto gregoriano un género
de música a una sola voz, de tonalidad diatónica en
general y ritmo libre. Nacido dentro del seno mismo de la Iglesia,
fué creciendo y desarrollándose a su lado, primero
en las Catacumbas, y luego bajo las bóvedas de las basílicas
romanas y demás templos del mundo cristiano. ! Su repertorio
fué obra de muchos años y de muchos artistas, hasta
que, en el siglo VI, llegó por fin San Gregorio Magno a codificar
y disponer todas sus piezas, conforme al orden poco antes establecido
por él mismo en las misas y demás oficios litúrgicos
del año. Además, este mismo Pontífice enriqueció
con gran número de composiciones suyas el catálogo
de las melodías existentes en su tiempo, -y dio' a estas
últimas la forma definitiva que hoy tienen, por lo cual mereció
se conocieran todas ellas de allí en adelante con el calificativo
de gregorianas (2).
Desde 1903, en que se promulgó el tantas veces citado Motu
proprio de San Pío X, el texto oficial del canto gregoriano
se halla únicamente en la edición oficial Vaticana,
preparada con toda diligencia por los benedictinos de la Congregación
de Solesmes.
5.
Elogios del canto gregoriano.
A la declaración. oficial do la Iglesia de ser el canto gregoriano,
el canto litúrgico por antonomasia, el canto propio suyo,
el único que heredó de los antiguos Padres, etc.,
que constituye el más alto de los elogios; podríamos
añadir un sinnúmero de alabanzas, salidas de labios
de santos y de músicos de la mayor autoridad. Recogeremos,
a título de curiosidad, algunos de los elogios más
divulgados.
Empezaremos por el ya clásico de San Agustín, quien,
hablando con el Señor en sus Confesiones, exclamaba enternecido:
"iOh, cuánto lloré conmovido con los suavísimos
himnos y cánticos de tu Iglesia! ¡Vivísimamente
se me entraban aquellas voces por los oídos, y por medio
de ellas penetraban a la mente tus verdades. El corazón se
encendía en afectos, y los ojos se deshacían en lágrimas!"
San Bernardo, aludiendo a él, escribía: "No
hay hombre de mundo; por duro que sea su corazón, que al
oír una bella salmodia no sienta como un despertar de su
amor hacia las cosas de Dios. Personas ha, habido a quienes el canto
de los salmos, oído por simple curiosidad, ha hecho derramar
lágrimas de arrepentimiento y de conversión."
Y en efecto, por no citar sino un casó entre mil: Presentándose
cierto día a San Carlos Borromeo, un moro de mucho prestigio
en demanda del Bautismo, preguntóle el Santo: "¿Y
quién os ha movido a abandonar la religión de Mahoma
y abrazar la de Jesucristo?" A lo que respondió
"Habiendo entrado por casualidad en una iglesia de benedictinos
en Ragusa, de tal modo me impresionaron las melodías del
órgano y la belleza del canto, que pensé para mí:
Es imposible sea falsa una religión que alaba a Dios en forma
tan admirable y con unas melodías tan suaves, y salí
cambiado."
Mozart, el célebre compositor, decía: "De
buena gana daría toda mi gloria por haber tenido la honra
de componer el Prefacio de la Misa."
"No conozco -dice Gounod- obra alguna de ningún
genio que pueda compararse con la terrible majestad de ésos
cantos sublimes, que diariamente escuchamos en nuestros templos,
en los oficios de difuntos: Dies iare, De profundis Imposible llegar
a tanta altura y a tanto poder de expresión y de impresión.
El protestante Thibaut llamaba a las-melodías gregorianas
"cantos de todo punto celestiales". Y el judío
Halevy se preguntaba extrañado: "¿Cómo
es posible que los sacerdotes católicos, teniendo en el canto
gregoriano las más hermosas melodías de la tierra,
admitan en sus iglesias las mezquindades de nuestra música
moderna? Yo, por mi parte, trocaría todas mis obras dramáticas
por sólo algunas de sus melodías religiosas."
"Una ventaja grande -escribe el P. Feijóo-
tiene este canto llano, ejecutado con la debida pausa, para
el uso de la Iglesia, y es que, siendo por su gravedad incapaz de
mover los efectos que se sugieren en el teatro, es aptísimo
para inducir los que son propios del templo. ¿Quién,
en la majestad sonora del himno Vexilla Regis, en la gravedad festiva
del Pange lingua, en la ternura luctuosa del Invitatorio de Difuntos
no se siente conmovido, ya a veneración, ya a devoción,
ya a lástima? Todos los días se oyen estos cantos,
y siempre agradan; al paso que muchas de las composiciones modernas,
en repitiéndose cuatro o cinco veces, fastidian."
Pero el elogia que vale por todos y que la experiencia de cada día
acredita ser verdaderísimo, es aquél tan repetido
hasta por los menos entendidos, de que el Canto gregoriano es el
canto más popular, el que mejor ayuda a rezar, el-, que infunde
en el alma la verdadera paz y serenidad, el más dulce .y
candoroso,- el más santo, el que mejor expresa el entusiasmo
religiosa de las generaciones pasadas, el eco más fiel de
los antiguos coros de catedrales y monasterios, la lengua musical
de nuestra Fe.
6.
Deseos de la Iglesia.
Los Papas Pío X y Pío XI. Siendo, pues, el canto,
gregoriano el canto propio de la Iglesia, el único género
de música inherente a la Liturgia romana y que forma parte
integrante y así como cuerpo con ella, el único que
tiene en ella una como personalidad jurídica; parece muy
natural que la Iglesia desee, y aun ordene, que se restablezca ampliamente
en las solemnidades del culto; que se le estudie en los seminarios
e institutos eclesiásticos, y aun en los colegios católicos;
que se funde por lo menos en las Iglesias principales, "Scholas"
de cantores, y que hasta en las pequeñas capillas y en las
parroquias rurales se procure que el pueblo vuelva a adquirir la
costumbre de cantarlo como solía hacerlo antiguamente.
Estos deseos y casi órdenes terminantes formulados- por Pío
X, fueron de nuevo reiterados por Pío XI 3, de quien son
las siguientes disposiciones
1°
Que todos los que, en los seminarios y casas de religiosos, deseen
prepararse para el sacerdocio, deben empaparse, desde la primera
edad, en el canto gregoriano y en la música sagrada.
2º Que en los seminarios y demás casas
de estudios eclesiásticos debe haber breves pero frecuentes
y casi diarias lecciones o ejercicios de canto gregoriano y música
sagrada.
3° Que en las catedrales y templos mayores
y aun en las parroquias y capillas menores deben fundarse "Coros
de niños" para canto gregoriano.
4° Que, para que el pueblo vuelva a tomar parte
activa en el culto litúrgico, debe, devolvérsele el
usó del canto gregoriano, en lo que a él le corresponde,
a fin de que alternen sus voces con las de los sacerdotes y cantores.
5° Que las autoridades eclesiásticas
fomenten la instrucción litúrgico-musical del pueblo,
haciendo que se enseñen en las escuelas, cofradías
y demás asociaciones los cantos litúrgicos; debiendo
las comunidades de religiosas, de hermanas y de mujeres piadosas
prestarse con alegría a conseguirlo en sus respectivos institutos
dé educación y de enseñanza.
7.
Dos reglas de oro.
Para que, acerca del uso del canto gregoriano en las solemnidades
del culto, sepan los buenos católicos a qué atenerse,
ante ciertas hostilidades contra el mismo por parte hasta de algunas
eclesiásticos, estamparemos aquí, como corolario de
todo lo dicho, la siguiente regla de oro consignada en el citado
documento de Pío X : "Así pues, el antiguo
canto gregoriano tradicional deberá restablecerse ampliamente
en las solemnidades del culto, teniéndose por bien sabido
que ninguna función religiosa perderá nada de su solemnidad,
aunque no se cante en ella otra música que la gregoriana."
Y los compositores sepan, por su parte, que "el canto gregoriano
fué siempre tenido como acabado modelo de música religiosa"
y den por establecida en la Iglesia esta ley general, que es
otra regla de oro: "que una composición destinada
a la Iglesia, será más sagrada y litúrgica
cuanto más se acerque en aire, inspiración y sabor
a la melodía gregoriana, y será tanto menos digna
del templo, cuanto diste más de este soberano modelo"
(San Pío X).
La encíclica de Pío XII ratifica y confirma todo lo
establecido acerca de la música sagrada, y especialmente
del empleo del canto gregoriano, por sus antecesores Pío
X y Pío XI, insistiendo en que las voces del pueblo deben
alternar con la del sacerdote y del coro, para que la Iglesia Militante
una sus acentos a los cantos de la Triunfante.
Para facilitar el estudio, siquiera rudimentario, del canto gregoriano,
ponemos un Apéndice o breve tratado, con lo más esencial
y necesario de conocerse acerca de este género de música,
para que pueda estudiarse, al menos por los aficionados, en los
Seminarios, Noviciados y Colegios católicos, y no suceda
que el canto propiamente de la Iglesia, canto por lo demás
meritísimo como arte, sea el menos conocido por los católicos
y hasta por los eclesiásticos.
8.
La música y el canto modernos.
El Papa Pío XII, después de poner en su lugar de preferencia
para el culto litúrgico al canto gregoriano ya la música
polifónica clásica, al igual que sus predecesores,
escribe: "Esto no quiere decir que la música y el
canto modernos hayan de ser excluidos en absoluto del culto católico.
Más aún, si no tienen ningún sabor profano,
ni desdicen de la santidad del lugar o de la acción sagrada,
ni nacen de un prurito vacío de buscar algo raro y maravilloso,
débeseles incluso abrir las puertas de nuestros templos,
ya que pueden contribuir no poco a la esplendidez de los actos litúrgicos,
a elevar más en alto los corazones y a nutrir una sincera
devoción." (4)
9.
El canto religioso popular.
En todos los documentos pontificios anteriores a la encíclica
de Pío XII hácese referencia tan sólo a los
tres géneros consabidos de música religiosa, a saber:
al canto gregoriano, a la música polifónica clásica
y a la moderna o contemporánea; mas el Papa Pío XII
añade otro cuarto, que es el canto religioso popular, que
exhorta fomentar y ejecutar con exactitud y con la conveniente dignidad,
como medio de estimular y acrecentar la fe y la piedad del pueblo
cristiano. Y añade: "ascienda al cielo el canto
unísono y potente de nuestro pueblo como el fragor de las
olas del mar, y sea expresión armoniosa y vibrante de un
solo corazón y de una sola alma, como conviene a hermanos
e hijos de un mismo Padre" (5).
Si no nos equivocamos, es ésta la primera vez que se trata
del canto religioso popular en un documento oficial. Es el canto
que acompaña a los actos de devoción de los cristianos,
a las procesiones y manifestaciones piadosas, que efectos tan sorprendentes
produce a veces en las muchedumbres. En adelante, por lo mismo,
deberá tenerse mucho mayor cuidado en la elección
tanto de la música como de la letra de estos cantos, los
cuales a menudo son los únicos que en muchas partes oyen
muchos cristianos, y aun personas ajenas a nuestra religión,
y juzgan por ellos de la dignidad y cultura del pueblo fiel.
10.
El uso de instrumentos músicos (6).
Aun cuando la música eclesiástica es exclusivamente
vocal, permítese en ella el uso del órgano y, en algún
caso particular y con la debida licencia del Ordinario, también
el de otros instrumentos (Motu proprio de Pío X, n9 15).
Estos otros instrumentos que pueden usarse, además del órgano,
con previa y expresa licencia del Ordinario, son: violines, violas,
violoncelos, contrabajos, flautas, clarinetes, fagots y bandas de
música con personal selecto y número de instrumentos
proporcionados al local (Id., íd., números 20 y 21).
En cambio, son instrumentos prohibidos para siempre y por doquier,
y no pueden ser permitidos: el piano, todos los instrumentos fragorosos:
tambor, chinesco, panderetas, platillos, etcétera, y todos
los ligeros: arpa, guitarra, bandurria, mandolina, acordeón,
etcétera (íd., íd., n9 11), sin exceptuar el
gramófono y el fonógrafo (Decr. 11 febrero de 1920,
n9 4.272).
11.
El uso del órgano y del armonio.
El órgano, y en su defecto el armonio, es el instrumento
oficial de la música litúrgica, y su misión
es: acompañar la música sagrada, suplir el canto de
algunas piezas, y llenar los silencios.
Las prescripciones de la Iglesia acerca del uso del órgano
o del armonio pueden reducirse a estas tres reglas:
1ª Se prohíbe en la misa del Jueves
Santo, una vez terminado el "Gloria"; en todos
los oficios litúrgicos del Triduo de Semana Santa, hasta
el "Gloria" de la misa del Sábado; en
el Oficio y Exequias de Difuntos.
2ª Se permite, pero sólo como mero
acompañante del canto: en los domingos y ferias de Advientos
y Cuaresma y en todas las misas de Réquiem.
3ª Tiene libre uso en todos los demás
días del año, y en los domingos "Gaudete"
y "Laetare" de medio Adviento y media Cuaresma.
12.
En las misas rezadas.
Como la misa debe ser lo que realmente es y no un concierto sacro
o cosa parecida, se ha de dejar tranquilidad y silencio a los fieles
para que puedan seguirla en unión con el celebrante, y, por
lo tanto, sólo es lícito cantar o tocar el órgano
o armonio en los momentos en que dicho celebrante recita los textos
secretamente o guarda completo silencio, es a saber:
antes de empezar la misa, mientras prepara el cáliz en el
altar y registra el misal;
desde el Ofertorio hasta el comienzo del Prefacio;
desde el "Sanctus" hasta el "Paternoster";
y desde el "Agnus Dei" hasta la Comunión,
cesando al "Confíteor" si hubiere comunión
de los fieles.
Observando esta regla dáse bien a entender que la misa no
es tan sólo cuestión del celebrante, sino de todo
el pueblo, el cual debe procurar no perder de vista ni de oído
al que, en su nombre, actúa en el altar.
El organista, por lo mismo, no debe "armonizar"
toda la misa, sino tan sólo las partes permitidas, para no
sofocarla, ni sofocar a los asistentes, con su música. Y
esto es sobre todo aplicable a todas las Misas de Difuntos, en las
que están prohibidos todos los instrumentos, excepto para
acompañar el canto.
NOTAS
(1) Motu Proprio del
22 de Noviembre de 1903.
(2) Cf. P. Casiano
Rojo: Método de Canto Gregoriano.
(3) Constitución.
Apostólica "Divini cultus", del 20 de diciembre
de 1928.
(4) Enc. "Mediator
Dei", 41 parte, II. 5 Id., íd.
(6) Véase "Revista
Litúrgica Argentina", año 1938, n° 26, p.
178
Extraído
del manual de liturgia "La flor de la Liturgia", R.P.
Andrés Azcárate, pags. 153-165, 6ª edición
1952, Buenos Aires.
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